Certificado energético: cuándo es obligatorio, multas y cómo usarlo para deducirte una reforma
Respuesta rápida: el certificado energético es obligatorio para vender o alquilar una vivienda. Dura 10 años (5 si la nota es G), y no tenerlo puede costar entre 300 y 6.000 €. Además es la llave de las ayudas: para deducirte en el IRPF el 20 %, 40 % o 60 % de una reforma de eficiencia necesitas un certificado antes y otro después de las obras. Para viviendas, la deducción vale para obras hechas hasta el 31 de diciembre de 2026.
La etiqueta de colores que ves en los anuncios de pisos, de la A verde a la G roja, es el certificado de eficiencia energética. Mucha gente lo ve como un papel más para vender o alquilar, pero sirve para algo más: dice cuánta energía necesita tu casa y es el documento que Hacienda te pide si quieres deducirte una reforma para gastar menos. Te contamos cuándo es obligatorio, qué pasa si no lo tienes y cómo usarlo para conseguir ayudas.
Qué es el certificado energético y qué mide
Lo hace un técnico competente después de visitar la vivienda: toma datos de la envolvente (muros, cubierta, ventanas) y de las instalaciones (calefacción, agua caliente, refrigeración) y los mete en un programa oficial. El resultado es una letra de la A a la G según el consumo de energía primaria no renovable y las emisiones de CO2. La A es la más eficiente y la G la que más gasta. Viene con recomendaciones de mejora y debe registrarse en la comunidad autónoma; sin registro no tiene validez legal.
Cuándo es obligatorio
Según el Real Decreto 390/2021, necesitas el certificado cuando:
- Vendes una vivienda.
- Alquilas una vivienda a un nuevo inquilino.
- Construyes una vivienda nueva o haces ciertas reformas importantes.
Y tiene dos consecuencias prácticas: la etiqueta debe aparecer en cualquier anuncio de venta o alquiler, también en los portales inmobiliarios, y hay que adjuntar una copia del certificado al contrato. Si ya tienes uno en vigor, no hace falta hacer otro.
No se exige, entre otros casos, en edificios independientes de menos de 50 m² útiles, en construcciones provisionales de dos años o menos y en algunos edificios protegidos por su valor histórico (art. 3.2).
Cuánto dura
Hasta 10 años. Si la calificación es G, solo 5 años (art. 13.1). Si haces reformas que cambian la eficiencia, conviene actualizarlo: con una letra mejor, la vivienda se anuncia mejor y además te hará falta para las deducciones.
Multas por no tenerlo o hacerlo mal
Las infracciones están en la disposición adicional duodécima de la Ley de Suelo y Rehabilitación Urbana (Real Decreto Legislativo 7/2015), y las multas, en la decimotercera:
| Tipo | Ejemplos | Multa |
|---|---|---|
| Leve | Anunciar la venta o el alquiler sin la calificación energética; no renovar el certificado | 300 a 600 € |
| Grave | Vender o alquilar sin entregar un certificado válido y registrado; no registrarlo | 601 a 1.000 € |
| Muy grave | Falsear datos del certificado; anunciar una calificación que no tiene un certificado válido | 1.001 a 6.000 € |
Deducciones en el IRPF por mejorar la eficiencia de tu casa
Aquí es donde el certificado te hace ganar dinero. Hay tres deducciones en la renta por obras que mejoran la eficiencia energética. El Real Decreto-ley 7/2026 las ha prorrogado: en viviendas valen las obras hechas hasta el 31 de diciembre de 2026, y en obras de todo el edificio, hasta el 31 de diciembre de 2027.
| Deducción | Qué tienes que conseguir | Base máxima | Vivienda |
|---|---|---|---|
| 20 % | Reducir al menos un 7 % la demanda de calefacción y refrigeración | 5.000 € (deducción máxima de 1.000 €) | Habitual, alquilada o que se alquile antes del 31/12/2027 |
| 40 % | Reducir al menos un 30 % el consumo de energía primaria no renovable, o subir a letra A o B | 7.500 € en total | Habitual, alquilada o que se alquile antes del 31/12/2027 |
| 60 % | Lo mismo que la del 40 %, pero en obras de todo el edificio residencial | 5.000 € al año, hasta 15.000 € en total | Viviendas de tu propiedad en ese edificio, según tu cuota de la comunidad |
El requisito clave para las tres es el mismo: un certificado energético antes de las obras (con un máximo de dos años de antigüedad) y otro después, los dos registrados. Para viviendas, el certificado posterior tiene que estar emitido antes del 1 de enero de 2027. Es el paso que más gente olvida: si empiezas la obra sin el certificado previo, pierdes la deducción.
Qué obras suelen mejorar la nota
- Aislar fachadas, cubierta o suelos, y cambiar ventanas.
- Sustituir una caldera vieja por una bomba de calor. Lo comparamos en aerotermia o caldera de gas.
- Cambiar un termo eléctrico o unos radiadores eléctricos por equipos más eficientes.
El técnico que hace el certificado puede simular antes cuánto subiría la letra con cada mejora, para que sepas si llegas al 7 % o al 30 % antes de gastar.
Nueva deducción por placas solares en 2026
El mismo Real Decreto-ley 7/2026 crea una deducción por instalaciones de autoconsumo renovable pagadas en 2026: el 10 % en tu vivienda o el 20 % si es en un edificio residencial, con un límite de 5.000 € al año e incluidas las baterías. La instalación tiene que terminarse en 2026, pagarse por banco y tener sus permisos, incluido el certificado de instalación eléctrica. Es otra razón para no tener placas sin legalizar. No se puede sumar a las deducciones de eficiencia por la misma instalación. Si estás pensando en ponerlas, empieza por cuántas placas necesitas.
Ayudas directas a la rehabilitación
Además de las deducciones, las comunidades autónomas han repartido ayudas a fondo perdido para rehabilitar viviendas y edificios con fondos europeos. Cada comunidad abre y cierra sus convocatorias, y muchas ya han agotado el dinero, así que consulta la web de vivienda o de energía de la tuya antes de empezar la obra. Y comprueba en las bases si piden el certificado energético antes de la obra.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto cuesta hacer el certificado?
No hay un precio oficial: lo fija cada técnico según el tamaño de la vivienda y la zona. Pide un par de presupuestos y comprueba que el precio incluye el registro en la comunidad autónoma.
¿Necesito certificado para alquilar una habitación?
El Real Decreto 390/2021 habla de alquilar edificios o partes de edificios a un nuevo arrendatario y no trata expresamente el caso de una habitación suelta. Si es tu caso, consulta con el órgano de tu comunidad autónoma.
¿Y si la nota sale G?
Puedes vender o alquilar igual: lo obligatorio es tener el certificado, no una letra concreta. Pero solo durará 5 años, y una G es la mejor señal de que una reforma te ahorraría bastante en la factura.
Datos comprobados el 24 de octubre de 2026 en el Real Decreto 390/2021, el Real Decreto Legislativo 7/2015, el Real Decreto-ley 7/2026 y la web de la Agencia Tributaria.